Procedimiento animales encontrados
"Los Ayuntamientos, las entidades supramunicipales o las comarcas deberán ejercer las actividades de recogida, alojamiento y mantenimiento de los animales abandonados o extraviados."
LEY FORAL 19/2019, de 4 de abril, de protección de los animales de compañía en Navarra.
¿Te has encontrado un animal extraviado o herido?
Sigue los siguientes pasos:
Acude al Ayuntamiento
Es competencia municipal la labor de recogida de los animales perdidos y de la atención de los procedentes de colonias felinas.
Llama a la autoridad de urgencia
Si el Ayuntamiento está cerrado o si el animal ha aparecido en un entorno no urbano, llama al 112 para que acuda un servicio sustitutorio del municipal.
Comprobación de identificación
Tanto el Ayuntamiento como el posible servicio sustitutorio de la autoridad municipal deberá comprobar si el animal cuenta con microchip o algún otro elemento identificativo.
Alojamiento del animal
Si no hay un elemento identificativo o por medio del mismo no se consigue localizar al propietario del animal, la autoridad competente deberá organizar el alojamiento del animal.
Acude al Ayuntamiento o llama al teléfono de urgencia
¿A quién pedir ayuda?
Estos son los recursos a los que acudir en caso de encontrar un animal perdido o herido necesitado de ayuda:
- Servicios de recogida municipal
- Pamplona: 948 42 09 96
Zona Tudela: 620 23 23 75 - Policía Municipal
- Las siguientes localidades cuentan con agentes municipales que te podrán ayudar:
Alsasua, Ansoain, Azagra, Barañain, Berriozar, Burlada, Cintruénigo, Corella, Egüés, Estella, Noain, Pamplona, Peralta, San Adrián, Sangüesa, Tafalla, Tudela, Valtierra, Villava, Zizur Mayor - Policía Foral
- 112
- Guardia Civil / Seprona
- 062
Si los recursos públicos no son capaces de solucionar tu caso, puedes dirigirte también a una asociación protectora de animales. Estas asociaciones están dispuestas a ayudar pero formadas por voluntarios que no tienen obligación legal de acudir a la llamada, y lo harán en función de su disponibilidad.
"Corresponde a los Ayuntamientos, las entidades supramunicipales o las comarcas:
- a) Recoger los animales abandonados o extraviados que se encuentren en su término municipal e ingresarlos en centros de acogida de animales. Para ello deberán contar con un servicio permanente de recogida de animales, ya sea propio, mancomunado o convenido.
- b) Disponer de centros de acogida de animales, o concertar el servicio de recogida con la Administración de la Comunidad Foral, con otras entidades locales, con asociaciones de protección y defensa de los animales o con otras personas jurídicas o físicas dedicadas a tal fin."
